¿Qué es el Plan de Parentalidad?

 ¿Por qué es tan beneficioso en caso de separaciones y divorcios?

Hoy día es muy escuchado el término Plan de Parentalidad, sobre todo desde que se están dando más las Custodias Compartidas. Con este artículo, se pretende dar una visión general de en qué consiste el Plan de Parentalidad y los beneficios que trae consigo.

El Plan de Parentalidad es un documento que se elabora como guía o manual de instrucciones para la nueva situación en que se encuentra una familia tras una separación, divorcio o nulidad, y en la que existen hijos menores. Esta planificación supone principalmente tres beneficios para la familia: la organización general de ambos padres frente a la perspectiva de ser padre-madre separado/a; la tranquilidad de los hijos/as menores en cuanto a que se les presenta una situación nueva pero ordenada, permitiéndoseles mantener una relación sana con sus progenitores y una estabilidad emocional; y en tercer lugar, que serán evitados muchos conflictos comunes después de una separación o divorcio, gracias al plan de actuación y a la prevención de situaciones de riesgo.

Otros de los beneficios son que se persigue el favorecer que ambos padres compartan sus responsabilidades (tanto derechos como obligaciones) hacia sus hijos/as después de la ruptura, y que se mantengan las relaciones con hermanos/as, abuelos/as, entre otros aspectos que se detallan más adelante.

Con este documento se salvan determinados aspectos que no son contemplados en el convenio regulador, los cuales, por falta de previsión, suelen ser causantes de innumerables conflictos. Nos referimos a que los convenios exponen de manera muy estandarizada todo lo relacionado con los hijos/as. La convivencia y el régimen de estancia (antigua custodia y régimen de visitas), así como aspectos económicos y otros relacionados con los menores, se presentan limitados a días, lugar y horas de entrega y recogida, fechas de vacaciones, cantidades, etc. sin atender a la complejidad de cada realidad, y mucho menos previniendo cambios derivados de posibles nuevas situaciones. Sin embargo, en el Plan de Parentalidad se da espacio a los cambios que pueden surgir como consecuencia de la edad o las nuevas necesidades de los hijos/as.

En Cataluña es obligatorio el Plan de Parentalidad, ya sea un proceso contencioso o de mutuo acuerdo, de custodia compartida o no. Esta obligatoriedad está regulada en el Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, y por ello, tomaremos dicha legislación como referencia para explicar los contenidos mínimos indispensables que deben aparecer:

  • el lugar o lugares en los que vivirán habitualmente los hijos/as,
  • las tareas a las que se compromete cada progenitor con relación a las actividades cotidianas de los mismos/as,
  • la forma en que deben hacerse los cambios en la guarda y, si procede, cómo deben repartirse los costes que se generen,
  • el régimen de relación y de comunicación con ellos durante los períodos en que un progenitor no los tenga con él/ella,
  • el régimen de estancias con cada uno de los progenitores en periodos de vacaciones y fechas señaladas,
  • el tipo de educación y las actividades extraescolares, formativas y de ocio,
  • la forma de cumplir el deber de compartir toda la información sobre la educación, la salud y el bienestar de los hijos/as
  • y la manera de tomar las decisiones relativas al cambio de domicilio y otras cuestiones relevantes para los menores.

Tenéis que saber que, como profesional en temas de familia, considero oportuno incluir cualquier detalle que los progenitores deseen y no acotarse a los contenidos mínimos. La Mediación como método para la gestión en la elaboración del Plan de Parentalidad procura el beneficio de ambos y su mayor efectividad salvaguardando a los padres y madres, y sobre todo a los menores, de posibles disputas evitables con una buena planificación.

De nuevo resaltar la importancia de no poner límites a los contenidos del Plan de Parentalidad, ya que es un instrumento de mejora de la calidad de vida de nuestros hijos/as y éste debe contemplar desde las cuestiones fundamentales, como la elección del colegio, hasta los detalles mínimos, como la ropa que llevará el/la menor al volver con el otro/a; además de las pautas que se seguirán para resolver futuras diferencias.

Teresa Utrera Postigo

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Scroll al inicio